Poblaciones

Niños, niñas y adolescentes​

Las normas internacionales generales de derechos humanos, tanto a nivel universal como regional, proclaman entre sus principios el de la igualdad y no discriminación. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y el Protocolo de San Salvador (PSS), repiten la misma fórmula para establecer la obligación de no discriminación: “sin discriminación/distinción alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”. Las situaciones de discriminación persistentes hicieron necesario el avance de los Estados en la protección legal a favor de personas, grupos y poblaciones particularmente vulnerables. En el siglo XXI, se han constatado avances normativos, así como aprobado planes de acción y compromisos internacionales, en los que se establecen desafíos que integren la participación de las personas, grupos y poblaciones afectados. No obstante, se identifican brechas de acceso a derechos. En el caso de los DESCA, el principio de igualdad y no discriminación impone generar cambios en los desiguales puntos de partida para lo cual es fundamental la aprobación de acciones afirmativas y medidas especiales que reparen esas vulneraciones.

Niños, Niñas
y Adolescentes

Los derechos de niñas, niños y adolescentes fueron incorporados en Uruguay a partir del proceso de adecuación normativa que se inicia con la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) a través de la Ley 16.137 del 28 de septiembre de 1990.

La CDN fue adoptada por la Asamblea General en su resolución 44/25 de 20 de noviembre de 1989. Tuvo como antecedente la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, que no tiene carácter obligatorio. Tras un proceso de negociación de varios años, la CDN rápidamente recogió adhesiones de todos los países, siendo el tratado con más ratificaciones (195 Estados). Entró en vigor el 2 de septiembre de 1990.

Reconoce los derechos de niñas, niños y adolescentes, definidos como personas menores de 18 años. La Convención establece que los Estados partes dispongan de una serie de medidas especiales de protección y asistencia; asegurar el acceso a servicios como la educación y la atención de la salud; deben procurar su desarrollo pleno sin discriminaciones. A la vez, deben asegurar que niñas, niños y adolescentes reciban información sobre la manera en que pueden alcanzar sus derechos y participar en el proceso de una forma accesible y activa. La CDN desarrolla los conceptos de autonomía progresiva, el interés superior del niño, así como el derecho a que niñas, niños y adolescentes sean oídos en todos los asuntos que les incumben.

La Convención sobre los Derechos del Niño se complementa con tres protocolos:

Niñas, niños y adolescentes tienen todos los derechos contenidos en los principales instrumentos de derechos humanos, tanto los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, como los derechos civiles y políticos. Sin embargo, su ejercicio y goce se realiza complementado con el derecho a la protección y a la participación. Dependiendo de su nivel de desarrollo alcanzado y autonomía personal, podrán contar con el necesario apoyo del mundo adulto (madre, padre, adultos responsables y adultos en general).

El Comité de Derechos del Niño es el órgano dispuesto en el ámbito del sistema universal de derechos humanos, previsto en la CDN, para  la supervisión del cumplimiento de las obligaciones de los Estados parte.  El Comité ha interpretado y ayudado a interpretar y desarrollar el alcance de los derechos de niñas, niños y adolescentes a través de Observaciones Generales. A la fecha, el Comité ha aprobado 25 Observaciones Generales.

En el ámbito nacional, cabe mencionar el artículo 72 de la Constitución. Hay algunos artículos que mencionan la obligación de protección de la infancia, pero su redacción data de la doctrina tutelar (artículos 40, 41, 42, 54, 68), que fue luego sustituida por la doctrina de la protección integral que consagra la Convención sobre Derechos del Niño, para la cual niñas, niños y adolescentes son sujetos titulares de todos los derechos humanos.

A partir de la ratificación de la Convención se realizó un proceso de adecuación de la normativa, que culminó con la aprobación en 2004 del Código de la Niñez y Adolescencia (CNA) por medio de la Ley 17.823, que sustituyó al Código del Niño de 1934 (Ley 9.342). El CNA establece en su artículo 1 que: “(…) se entiende por niño a todo ser humano hasta los trece años de edad y por adolescente a los mayores de trece y menores de dieciocho años de edad. Siempre que este Código se refiere a niños y adolescentes comprende ambos géneros.”

Sistema de Información e Indicadores

La información e indicadores de estructura normativa refieren a la adopción de instrumentos legales y a la existencia de los mecanismos institucionales necesarios para la promoción y la protección de los derechos humanos. Principalmente se vinculan a la ratificación de la normativa internacional, a la adecuación de la normativa nacional al derecho internacional ratificado, así como a la existencia de mecanismos institucionales responsables de la promoción, protección y cumplimiento de los derechos humanos.

Instrumento Artículos Año
Constitución de la República 7, 8, 72, 332 1967

Instrumento / Ley Descripción Año
9.342 Código del Niño 1934
17.815 Violencia sexual contra niños, adolescentes o incapaces 2004
17.823 Código de la Niñez y la Adolescencia 2004
18.214 Modificación Código de la Niñez y Adolescencia. Integridad Personal de Niños, Niñas y Adolescentes. 2007
18.227  Nuevo sistema de asignaciones familiares a menores en situación de vulnerabilidad 2007
18.426 Defensa del derecho a la salud sexual y reproductiva 2008
18.561 Ley de acoso sexual. Prevención y sanción en el ámbito laboral y en las relaciones docente alumno. 2009
18.850 Pensión mensual y asignación familiar especial a los hijos de personas fallecidas como consecuencia de hechos de violencia doméstica 2011
18.590 Adopciones. Modificación del Código de la Niñez y la Adolescencia 2011
19.353 Creación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC) 2015
19.367 Creación del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA) como servicio descentralizado 2015
19.580 Ley de violencia hacia las mujeres basada en género. 2017
19.643 Ley sobre la prevención, persecución y sanción de la trata y la explotación de personas 2018
19.889 Ley de Urgente Consideración. Modificación Régimen de Adopciones. 2020
19.979 Creación de la Campaña Nacional de Concientización y Prevención del Suicidio Adolescente. 2021

En el Código de la Niñez y Adolescencia (CNA) se determina que el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU), organismo descentralizado, es la entidad rectora de las políticas dirigidas a la infancia y la adolescencia uruguaya (artículo 68). El CNA crea el Consejo Nacional Consultivo Honorario de los Derechos del Niño y Adolescente (artículo 221) que tiene como misión promover, coordinar, e integrar las políticas sectoriales de atención a la niñez y adolescencia, diseñadas por parte de las diferentes entidades públicas vinculadas al tema. Este Consejo es de carácter consultivo, no tiene potestades vinculantes de incidir en las instituciones responsables de las políticas con referencia al tema y está integrado por organismos estatales y no estatales.

El INAU lidera y articula con el conjunto de organismos involucrados de acuerdo a las diversas temáticas, las políticas públicas destinadas a primera infancia, infancia y adolescencia.

La misión del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU) es garantizar el ejercicio efectivo de la ciudadanía todos los niños, niñas y adolescentes del Uruguay, como corresponde a su calidad de sujeto pleno de derecho. El INAU está posicionado como rector de políticas destinadas a promover, proteger o restituir los derechos de niños, niñas y adolescentes, articulado en un Sistema Nacional de Infancia en el marco de la Doctrina de la Protección Integral.

Enlace: Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU)

El Consejo Nacional Consultivo Honorario de los derechos del Niño, Niña y el Adolescente, en cumplimiento de las atribuciones que le acuerda el artículo 214 del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 17.823), tiene como misión promover, coordinar, e integrar las políticas sectoriales de atención a la niñez y adolescencia, diseñadas por parte de las diferentes entidades públicas vinculadas al tema. Este Consejo es de carácter consultivo, no tiene potestades vinculantes de incidir en las instituciones responsables de las políticas con referencia al tema y está integrado por organismos estatales y no estatales.

Enlace: Consejo Nacional Consultivo Honorario de los Derechos del Niño, Niña y el Adolescente

El Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA), creado por Ley 19.367 como servicio descentralizado, tiene como objetivo esencial la inserción social y comunitaria de los adolescentes en conflicto con la ley penal mediante un proceso psicosocial, educativo e integral, que conlleve el reconocimiento de su condición de sujetos de derecho.

Enlace: Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA)

El CONAPEES (Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia), es un órgano colegiado intersectorial cuyo objetivo primordial es planificar y proponer una política de carácter público y de diseño focalizado en el área de la explotación sexual de la niñez y la adolescencia. Fue creado en el año 2004 por decreto presidencial y funciona en la órbita del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay quien ejerce la presidencia y la secretaría administrativa.

Enlace: Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia (CONAPEES)

Creado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 367/00, bajo la Presidencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Secretaría Técnica de INAU, procura la eliminación progresiva del trabajo infantil y la protección del adolescente trabajador.

Enlace: Comité para la Erradicación del Trabajo Infantil (CETI)

Es una unidad de asesoramiento, dependiente de la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social creada en el 2005.Uno de sus cometidos principales es promover y difundir los Derechos Fundamentales en el Trabajo: la Libertad de Asociación, la Libertad Sindical, el Reconocimiento a la Negociación Colectiva, la Abolición Efectiva del Trabajo Infantil y la Eliminación de la Discriminación en materia de Empleo y Ocupación.

Enlace: Asesoría en Derechos Fundamentales – MTSS

El Sistema Integral de Protección a la Infancia y Adolescencia contra la Violencia (SIPIAV) tiene como cometidos prevenir, atender y reparar las situaciones de violencia hacia NNA mediante un abordaje integral e interinstitucional; y promover el desarrollo de modelos de intervención desde las distintas instituciones que participan en el proceso de atención y reparación asegurando la integralidad del proceso. Está integrado por el Instituto del Niño y Adolescente (INAU), la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Ministerio del Interior (MI) y la Fiscalía General de la Nación (FGN).

Enlace: Sistema Integral de Protección a la Infancia y Adolescencia contra la Violencia (SIPIAV)

Se coordinan desde estas áreas, un conjunto de programas para la primera infancia, promoción de la lactancia materna, políticas de atención sanitaria focalizadas en infancia y adolescencia.

Enlace: Área Programática de Niñez (MSP)

Área Programática de Adolescencia y Juventud (MSP)

El Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC), creado en el año 2015, es un conjunto de acciones que busca el desarrollo integral, la autonomía y el bienestar de la población en situación de dependencia, es decir, aquellas que necesitan la ayuda de otras personas para realizar actividades de la vida diaria. Implica la promoción de la autonomía personal, la atención y la asistencia a estas personas.

En el año 2020 se creó, tras una fusión, la Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad que funciona en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) y desarrolla los aspectos relacionados con las competencias de dicho Ministerio en el SNIC.

Enlace: Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC)

Breve descripción: En el marco de la agenda 2030 para el Desarrollo sostenible, se realizó un proceso participativo, que dio como resultado la aprobación de la Estrategia Nacional de Infancia y Adolescencia (ENIA) 2010 – 2030.

Enlace: Estrategia Nacional de Infancia y Adolescencia (2010-2030)

Fuente: Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) / Asociación Nacional de ONG Orientadas al Desarrollo (ANONG)

Breve descripción: El último Plan Nacional de Primera Infancia, Infancia y Adolescencia aprobado corresponde al período 2016-2020. Luego de este período se reformularon algunos programas, en un plan de articulación interinstitucional, principalmente orientadas a la primera infancia, como el Bono Crianza, continuidad del Plan CAIF, así como acciones a corto, mediano y largo plazo.

Enlace: Plan Nacional de Primera Infancia, Infancia y Adolescencia 2016-2020

Fuente: Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU)

Breve descripción: El Plan Nacional de Cuidados 2021-2025 fundamenta que el cuidado es tanto un derecho como una función social que busca la promoción de la autonomía personal, y para ello requiere la atención y la asistencia a las personas en situación de dependencia. Para promover bienestar y un desarrollo pleno en estas poblaciones es fundamental el Sistema Nacional Integrado de Cuidados, que promueve y atiende de manera integral a niños y niñas, personas en situación de dependencia leve, moderada o severa, desde una perspectiva de derechos y, en particular, de género.

Enlace: Plan Nacional de Cuidados 2021-2025

Fuente: Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad

Breve descripción: El I Plan Nacional de Acción del Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia (CONAPPES) es aprobado el en año 2011 y el II Plan Nacional de Acción, junto a la ampliación de sus integrantes, fue aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo 025/2017.

Actualmente sigue operativo el II Plan Nacional y se está trabajando en el III Plan Nacional 2021/2026 de CONAPEES. El II plan tuvo el objetivo de contribuir a visibilizar y transformar las condiciones de producción y reproducción de la ESCNNA, mediante la promoción de los derechos de niños, niñas y adolescentes, y el desarrollo de sistemas integrales que permitan garantizarlos.

Enlace: II Plan Nacional para la erradicación de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes 2016- 2021

Fuente:  Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia (CONAPPES)

Los indicadores de resultados miden los logros individuales y colectivos que reflejan el estado de disfrute de los derechos humanos por parte de la población. Son indicadores de realización efectiva del derecho y pretenden acercarse a la evaluación de los resultados de los esfuerzos del Estado para cumplir con los compromisos asumidos.

Los derechos humanos son inherentes a todas las personas en virtud de su condición humana y son por definición universales, inalienables, indivisibles e interdependientes. Los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, son por definición multidimensionales. Teniendo presente las dificultades que para la medición se derivan del carácter interdependiente y multidimensional de los derechos humanos, en esta sección se presentan indicadores de resultados con el objetivo de reflejar las brechas de realización efectiva.

En relación a los grupos poblacionales, visibilizar las brechas persigue el objetivo identificar brechas específicas de derechos de cada grupo y brechas comparativas en relación a otros grupos poblacionales y a la población total.

En la Consulta Interactiva puede accederse a todos los indicadores de la base de datos del Mirador DESCA.

El indicador mide el porcentaje de personas de 4 a 17 años que no asisten a centros educativos, según edad simple.

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El indicador mide la cantidad anual de defunciones en menores de un año cada 1000 nacidos vivos.

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El indicador mide el porcentaje de niños, niñas y adolescentes (hasta 17 años de edad) que residen en hogares en los que ningún integrante percibe Asignaciones Familiares – Plan de Equidad ni Tarjeta Uruguay Social en el total de hogares pobres.

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El indicador mide el porcentaje de personas en viviendas ubicadas en asentamiento irregular, según grupos de edad.

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