Poblaciones

Mujeres

Las normas internacionales generales de derechos humanos, tanto a nivel universal como regional, proclaman entre sus principios el de la igualdad y no discriminación. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y el Protocolo de San Salvador (PSS), repiten la misma fórmula para establecer la obligación de no discriminación: “sin discriminación/distinción alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”. Las situaciones de discriminación persistentes hicieron necesario el avance de los Estados en la protección legal a favor de personas, grupos y poblaciones particularmente vulnerables. En el siglo XXI, se han constatado avances normativos, así como aprobado planes de acción y compromisos internacionales, en los que se establecen desafíos que integren la participación de las personas, grupos y poblaciones afectados. No obstante, se identifican brechas de acceso a derechos. En el caso de los DESCA, el principio de igualdad y no discriminación impone generar cambios en los desiguales puntos de partida para lo cual es fundamental la aprobación de acciones afirmativas y medidas especiales que reparen esas vulneraciones.

Mujeres

La vulnerabilidad que enfrentan las mujeres por razones de género obstaculiza la plena realización de los DESCA. La Constitución de la República Oriental del Uruguay establece en el artículo 7 que: “los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad” y en el artículo 8 consagra el principio de igualdad. El elenco de derechos constitucionales no se agota en los derechos consagrados a texto expreso, sino que una lectura armónica de lo consagrado en los artículos 7, 72 y 332 de la Constitución han permitido a la doctrina y a la jurisprudencia consagrar el ingreso de los derechos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por Uruguay. Además, se han promulgado a lo largo de los años una serie de leyes nacionales que apuntan a la eliminación de la discriminación y la igualdad.

En la normativa internacional, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) es clave en la incorporación de garantías para la igualdad entre mujeres y hombres con respecto a los DESCA ya que reconoce la igualdad y no discriminación por razones de género en los artículos 2 y 3. La Observación General 16 del Comité DESC trata de la igualdad entre varones y mujeres en el goce de los DESCA y visibiliza en todo el Pacto la igualdad de mujeres y varones).

Por otro lado, el preámbulo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) establece que “los Estados Partes en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos tienen la obligación de garantizar al hombre y la mujer la igualdad en el goce de todos los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos” y en el artículo 4 se contempla que los Estados adopten “(…) medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer (…)”. Se asume que tanto la igualdad de jure o formal como la igualdad real o de resultados de la mujer en todos los ámbitos son obligaciones del Estado. En el año 1999 fue aprobado el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

El  Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer es el órgano dispuesto en el ámbito del sistema universal de derechos humanos para  la supervisión del cumplimiento de las obligaciones de los Estados parte. A la fecha, el Comité ha aprobado 38 Recomendaciones Generales.

Más allá de los avances normativos, existe desigualdad cuando las leyes, políticas o prácticas genéricamente neutras tienen efectos negativos diferenciales en las mujeres. Para garantizar la igualdad no es suficiente que los Estados lo proclamen formalmente en sus legislaciones, sino que es necesario que establezcan medidas especiales de carácter temporal que garanticen el goce efectivo de los DESCA. La Recomendación General 25 del Comité de la CEDAW aclara a los Estados Partes los alcances de las medidas especiales de carácter temporal para alcanzar la igualdad.

Sistema de Información e Indicadores

La información e indicadores de estructura normativa refieren a la adopción de instrumentos legales y a la existencia de los mecanismos institucionales necesarios para la promoción y la protección de los derechos humanos. Principalmente se vinculan a la ratificación de la normativa internacional, a la adecuación de la normativa nacional al derecho internacional ratificado, así como a la existencia de mecanismos institucionales responsables de la promoción, protección y cumplimiento de los derechos humanos

Instrumento Aprobación Entrada en Vigor Año Ratificación N° de Ley
Carta de las Naciones Unidas 1945 1945 1945 12.683
Declaración Universal de Derechos Humanos 1948 NC NC NC
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre 1948 NC NC NC
Carta de la Organización de los Estados Americanos 1948 1951 1955 12.204
Convenio 100 Organización Internacional del Trabajo (OIT). Igualdad de remuneración. 1951 1953 1989 16.063
Convenio 111 Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sobre la discriminación en el empleo y ocupación. 1958 1960 1989 16.063
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 1965 1969 1968 13.670
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1966 1976 1969 13.751
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 1966 1976 1969 13.751
Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José) 1969 1978 1985 15.737
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer 1979 1981 1981 15.164
Convenio 156 Organización Internacional del Trabajo (OIT). Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares 1981 1983 1989 16.063
Protocolo de San Salvador 1988 1999 1994 16.519
Convención sobre los Derechos del Niño 1989 1990 1990 16.137
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y sus Familias 1990 2003 1999 17.107
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belem do Para” 1994 1995 1996 16.735
Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 1999 2000 2001 17.738
Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. (Palermo) 2000 2003 2004 17.861
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 2006 2008 2008 18.418
Convenio 189 Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sobre trabajo decente de los trabajadores y las trabajadoras domésticas. 2011 2013 2012 18.889
Convención Interamericana Contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia 2013 2017 2017 19.517
Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores 2015 2017 2016 19.430
Convenio 190 Organización Internacional del Trabajo (OIT). Sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. 2019 2021 2020 19.849

Instrumento Artículos Año
Constitución de la República 7, 8, 72, 332 1967

 

Instrumento / Ley Descripción Año
15.084 Subsidio por maternidad 1980
16.104 Licencia por maternidad para trabajadoras públicas 1990
16.707 Ley de Seguridad Ciudadana 1995
16.713 Ley de Seguridad Social 1995
17.215  Derecho a obtener un cambio temporario de las actividades para trabajadoras en estado de gravidez o en periodo de lactancia. 1999
17.242 Prevención de Cánceres Génito Mamario. Licencia Especial Papanicolaou / Radiografía Mamaria 2000
17.292 Ley de urgencia. Administración Pública y Empleo, fomento y mejoras del empleo 2001
17.386 Ley de acompañamiento de la mujer en el preparto, parto y nacimiento 2001
17.514 Ley de erradicación de violencia doméstica 2002
17.815 Violencia sexual contra niños, adolescentes o incapaces 2004
17.930 Licencia por paternidad 2005
18.065 Regulación del Trabajo Doméstico 2006
18.227 Nuevo sistema de asignaciones familiares a menores en situación de vulnerabilidad 2007
18.246 Ley de unión Concubinaria 2007
18.395 Modificaciones a la Ley 16.713 de seguridad social. Flexibilización del régimen de acceso a beneficios jubilatorios. 2008
18.426 Defensa del derecho a la salud sexual y reproductiva 2008
18.436 Licencia por adopción trabajadores privados y públicos 2008
18.437 Ley General de Educación 2008
18.561 Ley de acoso sexual. Prevención y sanción en el ámbito laboral y en las relaciones docente alumno 2009
18.850 Pensión mensual y asignación familiar especial para hijos de víctimas fallecidas por violencia doméstica. 2011
18.987 Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo 2012
19.121 Licencia especial por violencia de género 2013
19.161 Modificación del subsidio por maternidad y fijación de subsidio por paternidad y subsidio para cuidado del recién nacido 2013
19.167 Regulación de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida 2013
19.353 Creación del Sistema Nacional Integrado de Cuidados (SNIC) 2015
19.530 Aprobación de la instalación de salas de lactancia materna. 2017
19.538 Modificación de los arts. 311 y 312 del Código Penal, relacionados con actos de discriminación y femicidio 2017
19.580 Ley de violencia hacia las mujeres basada en género. Modificación a disposiciones del Código Civil y Código Penal. Derogación de los arts. 24 a 29 de la ley 17.514 2017
19.643 Prevención y combate de la trata de personas. Modificaciones al Código Penal. 2018
19.781 Modificación del art. 7° de la ley 11.029, relativo a la cotitularidad de tierras adjudicadas por el Instituto Nacional de Colonización 2019
19.837 Modificación de la ley 18.407, relativa al sistema cooperativo de vivienda 2019
19.846 Igualdad de derechos y no discriminación entre mujeres y varones (formal, sustantiva y de reconocimiento) 2019
20.129 Derecho a ausentarse del trabajo para asistir a los controles de embarazo 2023

El Sistema Nacional de Género es la instancia de coordinación de organismos e instituciones que tiene como finalidad garantizar la igualdad de género y cuyas acciones deberán ser coordinadas a través de la rectoría de INMUJERES. Todos los organismos del Estado deben de contar con Unidades Especializadas en Género, que deberán depender de los ámbitos de mayor jerarquía institucional, contar con recursos humanos especialmente designados y con asignación presupuestal para el cumplimiento de sus cometidos (Ley 19.846).

El Instituto Nacional de las Mujeres del Ministerio de Desarrollo Social es el órgano rector de las políticas de género, ejerce las presidencias del Consejo Nacional de Género, del Consejo Nacional Consultivo por una Vida Libre de Violencia de Género hacia las Mujeres y del Consejo Nacional de Prevención y Combate a la Trata y la Explotación de Personas y lidera las políticas públicas en esta materia.

En tanto órgano rector lidera las políticas públicas en esta materia. Debe señalarse que hay una variedad de planes y programas cuyo objetivo es promover el acceso a los DESCA para las mujeres. Estos son ejecutados por los organismos competentes en salud, educación, vivienda y seguridad social. Se destacan aquí tres grandes planes nacionales que articulan diversos programas.

El Instituto Nacional de las Mujeres, creado en 2005 en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social (Ley 17.866, art. 6), es el organismo rector de las políticas de género, responsable de la promoción, diseño, coordinación, articulación y ejecución de las políticas públicas desde la perspectiva de género así como también de su seguimiento y evaluación.

Enlace: Instituto Nacional de las Mujeres

El Consejo Nacional de Género (CNG) fue creado a través de la ley 18.104 de marzo del 2007, en el marco del Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos, con el objetivo de convertirse en un espacio de definición de las líneas estratégicas de las políticas públicas de género, integrando las voces del Estado, la Academia y la sociedad civil en sus diferentes expresiones. Se crea en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social y es presidido por el Instituto Nacional de las Mujeres.

Por ley Nº 19.846 se renovó el Consejo Nacional de Género ampliando su integración con nuevos organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil con competencia en la promoción y defensa de la igualdad de género y derechos humanos de las mujeres. En particular, se destaca la integración de organizaciones de mujeres afrodescendientes, rurales y dedicadas a las políticas de cuidados.

El Consejo Nacional de Género será el ámbito interinstitucional que definirá las prioridades de política pública de género y promoverá que su diseño, ejecución y evaluación, contribuya al fortalecimiento de derechos de mujeres y hombres, mediante la incorporación de la perspectiva de género.

Enlace: Consejo Nacional de Género

El objetivo general del Consejo Nacional Consultivo es contribuir a la estrategia nacional para la erradicación de la violencia basada en género (VBG). El CNC fue creado por el artículo 12 de la Ley No 19.580. Sustituye al anterior Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica. El CNC constituye un espacio intersectorial encargado de diseñar y coordinar la implementación del Plan de Acción para brindar prevención y respuesta articulada entre las instituciones y el territorio. Funciona con Comisiones Departamentales para una Vida Libre de Violencia Basada en el Género presididas por Inmujeres.

Las funciones de este Consejo incluyen:

  1. asesorar al Poder Ejecutivo,
  2. velar por el cumplimiento de la ley;
  3. diseñar y elevar a consideración del Poder Ejecutivo el Plan Nacional contra la Violencia Basada en Género hacia las Mujeres, así como otros planes, programas y acciones para la implementación de la ley;
  4. supervisar y monitorear el cumplimiento del Plan;
  5. articular la implementación de las políticas sectoriales de lucha contra la VBG;
  6. ser consultado en la elaboración de los informes que el Estado debe efectuar en el marco de tratados y convenciones internacionales ratificadas por el país relacionadas con la VBG;
  7. opinar preceptivamente sobre los proyectos de ley y programas que tengan por objeto la VBG;
  8. emitir opinión respecto a acciones o situaciones relativas a la VBG de las que tome conocimiento comunicándolo a las autoridades competentes;
  9. elaborar un informe anual del cumplimiento de sus cometidos y sobre la situación de la VBG en el país, el cual deberá presentar públicamente y deberá enviar al Consejo Nacional Coordinador de Políticas Públicas de Género, a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo y a la Asamblea General.

Enlace: Consejo Nacional Consultivo por una vida libre de violencia de género (CNC)

El Consejo Nacional de Prevención y Combate a la Trata y la Explotación de Personas (CNTE) fue creado por ley 19.643 en 2018. Es el ente rector en la materia y tiene como cometidos diseñar y aprobar la política pública y el plan nacional de trata; así como velar por la eficaz persecución de tratantes y explotadores, y la debida protección, atención y reparación de las víctimas. Debe desarrollar acciones de prevención y desestimulo de este delito en sectores claves, así como en zonas o localidades en las que se detecte mayor incidencia de la problemática.

También le compete aprobar los estándares de actuación, protocolos y modelos de intervención para la protección eficaz y el respeto a los derechos de las víctimas y promover acciones para la capacitación y especialización del funcionariado y operadoras/es que trabajan en la prevención, detección, persecución y penalización de la trata y de la explotación de personas, así como para la atención y la protección de las víctimas, testigos y familiares.

Asimismo, debe crear y fortalecer servicios y programas orientados a brindar asistencia directa a las personas víctimas. También, promover la cooperación entre Estados y la adopción de medidas de carácter bilateral y multilateral, destinadas a prevenir y erradicar la trata. Deberá proponer acciones para concientizar a la población en general sobre la trata y explotación de personas. Además, fomentar investigaciones que permitan profundizar en el conocimiento de la temática y garantizar el buen cumplimiento de la Ley 19.643.

Enlace: Consejo Nacional de Prevención y Combate a la Trata y Explotación de Personas

El CONAPEES es el órgano interinstitucional que elabora, propone y articula políticas públicas en relación a la problemática social que configura la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes (ESCNNA). Fue creado en el año 2004 por el Decreto del Poder Ejecutivo 358/004.

Enlace: Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual comercial de la niñez y la adolescencia (CONAPEES)

Este espacio de articulación interinstitucional para el abordaje de las violencias hacia NNA fue creado por la ley 19. 747. Opera dentro de la órbita del Instituto del Niño y Adolescente en Uruguay que lo preside, y está integrado además por: el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud Pública, la Administración Nacional de Educación Pública, y Fiscalía General de la Nación.

Enlace: Sistema integral de protección a la infancia y adolescencia contra la violencia (SIPIAV)

Breve descripción: En 2018 se aprobó la Estrategia para la Igualdad de Género 2030 (ENIG 2030) a través del decreto 137/2018, hoja de ruta estratégica e integral para alcanzar la igualdad de género en un mediano plazo. Esta estrategia fue construida de manera participativa e interinstitucional, en el marco de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La ENIG 2030 es el resultado del trabajo de los distintos organismos nacionales y departamentales, integrantes del CNG, que conforman el Grupo Asesor para la estrategia. Asimismo, se construyó con los insumos recogidos en las instancias de trabajo realizadas con organizaciones de mujeres y feministas, así como también representantes de la central sindical y de instituciones de los tres niveles de gobierno: nacional, departamental y municipal.

La estrategia para la igualdad de género pretende dar un marco orientador a los planes específicos de los diferentes grupos de trabajo del Consejo Nacional de Género, así como acordar los pilares sustantivos para la transversalidad de la política de igualdad con participación ciudadana y de las diversas organizaciones sociales. Las áreas temáticas de la ENIG son las siguientes:

  1. Derecho a una vida libre de Violencia de Género
  2. Derecho al acceso a la Cultura y superación de Estereotipos culturales
  3. Derecho a una vida saludable
  4. Derechos a mejores oportunidades de desarrollo en el mundo del trabajo productivo y empresarial
  5. Derecho al empleo de calidad y al desarrollo de capacidades laborales.

 

Enlace: Estrategia para la Igualdad de Género 2030 (ENIG 2030)

Fuente: Ministerio de Desarrollo Social (MIDES)

Breve descripción: El I Plan Nacional de Acción del Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia (CONAPPES) es aprobado el en año 2011 y el II Plan Nacional de Acción, junto a la ampliación de sus integrantes, fue aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo 025/2017.

Actualmente sigue operativo el II Plan Nacional y está elaborado y en vías de aprobarse definitivamente el III Plan Nacional 2021/2026 de CONAPEES. El II plan tuvo el objetivo de contribuir a visibilizar y transformar las condiciones de producción y reproducción de la ESCNNA, mediante la promoción de los derechos de niños, niñas y adolescentes, y el desarrollo de sistemas integrales que permitan garantizarlos.

Enlace: II Plan Nacional para la erradicación de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes 2016- 2021

Fuente:  Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia (CONAPPES)

Breve descripción: El Plan de Acción por una vida libre de violencia de género hacia las mujeres 2022-2024 desarrolla las acciones institucionales que, en materia de política pública, vienen desarrollando los organismos que integran el Consejo Nacional Consultivo, en respuesta a la violencia basada en género. Asimismo, estos compromisos institucionales se diagraman en una matriz de resultados, acciones e indicadores, que permitirá monitorear anualmente el cumplimiento de estas, así como también generar información oportuna, que permita a posteriori la evaluación de dicho Plan.

Enlace: Plan de Acción por una vida libre de violencia de género hacia las mujeres 2022-2024

Fuente: Ministerio de Desarrollo Social (MIDES)

Los indicadores de resultados miden los logros individuales y colectivos que reflejan el estado de disfrute de los derechos humanos por parte de la población. Son indicadores de realización efectiva del derecho y pretenden acercarse a la evaluación de los resultados de los esfuerzos del Estado para cumplir con los compromisos asumidos.

Los derechos humanos son inherentes a todas las personas en virtud de su condición humana y son por definición universales, inalienables, indivisibles e interdependientes. Los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, son por definición multidimensionales. Teniendo presente las dificultades que para la medición se derivan del carácter interdependiente y multidimensional de los derechos humanos, en esta sección se presentan indicadores de resultados con el objetivo de reflejar las brechas de realización efectiva.

En relación a los grupos poblacionales, visibilizar las brechas persigue el objetivo identificar brechas específicas de derechos de cada grupo y brechas comparativas en relación a otros grupos poblacionales y a la población total.

En la Consulta Interactiva puede accederse a todos los indicadores de la base de datos del Mirador DESCA.

El indicador mide la cantidad anual de defunciones maternas cada 100000 nacidos vivos.

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El indicador mide el porcentaje de mayores de 60 años inactivos (que no participan del mercado de trabajo) que no perciben jubilaciones ni pensiones, según sexo.

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El indicador mide el promedio de ingresos por trabajo en la ocupación principal por hora de trabajo realizada en la población ocupada, según sexo.

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El indicador mide el porcentaje de personas en viviendas ubicadas en asentamiento irregular, según sexo.

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El indicador mide el porcentaje de personas que reside en viviendas con ingreso insuficiente luego del gasto en vivienda. El indicador se construye restando el gasto en vivienda del ingreso de los hogares y comparándolo con el valor de la línea de pobreza a la cual se le quita el peso relativo del componente asociado a la vivienda, según sexo.

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Hitos Normativos

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